Si te has informado un poco sobre la seguridad que te ofrecen las diferentes empresas de microcréditos en España sabrás ya que no están sujatas a la regulación del Banco de España y por ello siempre es mejor que acudas a un banco para pedir dinero prestado. Lo que no es tan frecuente es saber que parte de las empresas que ofrecen microcréditos se han agrupado formando una asociación llamada AEMIP. Los efectos que se pueden esperar de este tipo de asociación son múltiples y tienen como principal objetivo hacer un lavado de cara de un negocio basado en la usura. Por ello una de las primeras cosas que verás en la página Web de AEMIP es que tienen un código ético. ¿Pero son las empresas asociadas a las AEMIP más éticas que las que no lo estan?, eso habría que verlo con detalle.

Que empresas de créditos rápidos están en la Asociación Española de Micropréstamos.

  • Contante.
  • ¡Qué bueno!
  • Dineo
  • Ferratum
  • Kredito24.
  • CréditoSí.
  • OK Money.
  • Prestamo10.
  • Creditomas.
  • Sucredito.
  • Via SMS.
  • Vivus.

El Código Ético de la Asociación Española de Micropréstamos establece que todos sus socios deben cumplir los siguientes puntos.
1- Evaluar la solvencia de los clientes antes de dar un préstamo.

Eso lo hacen todas las empresas de minipréstamos rápidos, no por ética, sino para evitar impagos. La forma de evaluar la deuda queda al amparo de cada empresa, así que este es uno de los puntos menos importantes de cara al cliente. Una de las cosas interesantes que dicen es que si el cliente se queja por no haber recibido un crédito rápido sin motivos razonables un segundo responsable debe revisar si esto ha sido correcto.

2- Cumplir unas políticas de publicidad y marketing.
Este apartado está muy bien, aunque lo que hay sobre papel no creo que se revise de una forma estricta. Por ejemplo, es raro que en los anuncios de televisión o Internet se vea claro el TAE de los créditos y si aparece es algo que se ve rápido o con letra pequeña.

En uno de los puntos del código ético dice: Los asociados deberán asegurar que toda la publicidad realizada sea fidedigna, correcta y no engañosa, haciendo especial énfasis en el corto plazo del micropréstamo.

3- Recobro de deudas.

Quizás este es uno de los puntos clave del compromiso ético, que es que las empresas se comprometen a no amenazar a sus clientes en el caso de impago y que si externalizan sus servicios los intermediarios también deben de cumplir estas condiciones. Esta bien, aunque me gustaría saber lo que opinan los clientes de .

Creo que lo que hacen desde AEMIP es vigilar que nadie se propase a nivel verbal con los clientes, pero eso no quita que te estén llamando a todas horas, incluyendo llamadas a casa de tus padres, parientes y trabajo. Eso supone un cierto alivio para el cliente moroso, pero en realidad lo que hacen es seguir la legislación (que no permite el acoso o las amenazas) y asegurarse de que no reciben denuncias de sus clientes.

Por otro lado su código ético si que concreta algunas medidas sobre el recobre de impagos prolongados que sí que pueden ser consideradas positivas, como por ejemplo este:

En situaciones de mora prolongada, el prestamista deberá valorar ofrecer al cliente un plan de
amortización del préstamo en cuotas fijas. No se aplicarán cuotas o intereses adicionales por
someterse a un plan de amortización en cuotas fijas.

4- Tratamiento de clientes con dificultades económicas.

También se establece que aquellas personas que avisen de que tienen dificultades económicas y que esten tratando de solucionarlas con otro gestor para poder pagar la deuda deben de disponer de un plazo de tiempo en el que se paren todos los mecanismos de recobro de deudas. Está bien y es lógio, pero también es una forma de «presión psicológica» ya que de alguna forma te dicen «Mira somos buenos, no te presionamos unos días. Eso es lo que obtendrías si pagas. Si no pagas otra vez lo mismo».

Los asociados deberán suspender de forma temporal (y por un plazo de al menos 7 días), el intento
de cobro de una deuda de un cliente en mora o que esté experimentando dificultades en el pago
en aquellas circunstancias en las que se esté negociando un plan de amortización o cuando esté
interviniendo un asesor externo del cliente.

5- Protección de datos personales.

Esto es algo que tienen que cumplir por ley, lo incluyen en el código ético pero de todas formas la legislación española es muy estricta en este aspecto y se hacen revisiones aleatorias a las empresas para verificar que todo está en orden.

6- Procedimiento de reclamaciones.

Al igual que todas las empresasa, las financieras también estan obligados a tener un procedimiento de reclamaciones, por lo que este punto aporta poco a los clientes.

 

Aparte del tema del código ético estas empresas podrían estar colaborando de otras formas. Resulta curioso ver que muchas de ellas operan con tipos de interés muy similares, a veces idénticos, y que la forma en la que compiten es sólo a través de ofertas especiales o mandando diferentes mensajes en sus campañas de marketing. Está claro que hay una burbuja en los intereses de los créditos rápidos que a ninguna de las empresas que los conceden les interesa que desaparezca.